
La nueva ley de divorcio establece que existen tres categorías de divorcio en Chile y se clasifican de esta manera de acuerdo a las causas que originaron la necesidad de divorciarse y las consecuencias legales que cada uno genera.
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel que tiene como requisito que ambos cónyuges estén de acuerdo en iniciar los trámites de divorcio y que hayan llegado a acuerdo en materias que conciernen a los hijos menores de edad, tales como tuición, alimentos y regímenes de visitas.
Este tipo de divorcio tiene como requisito el que ambos cónyuges estén de acuerdo en iniciar los trámites de divorcio y que hayan llegado a acuerdo en materias que conciernen a los hijos menores de edad, tales como tuición, alimentos y regímenes de visitas. Además establece como requisito que marido y mujer hayan cesado la vida en común durante un período de doce meses como mínimo. Es el tipo de divorcio que se resuelve con mayor facilidad y rapidez evitándose las interminables apelaciones hasta lograr la sentencia de divorcio y además es el menos costoso desde el punto de vista económico; sin embargo requiere que ambos cónyuges mantengan puntos de vista en común y que mantengan abiertos ciertos canales comunicación. Este tipo de divorcio también contempla la posibilidad de compensaciones económicas si así acuerdan las partes.
Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo
1.- Es más económico: En algunos casos, y si existe pleno acuerdo de los cónyuges sobre todos los puntos del divorcio, sólo se requiere un abogado de familia que realice los trámites en el tribunal (esto es permitido en algunos tribunales). De lo contrario, si hay ciertas divergencias, los honorarios de los abogados quedan acotados sólo a los puntos en desacuerdo.
2.-Es más rápido: Los abogados pueden resolver el trámite de divorcio en pocas semanas.
Desventajas del divorcio de mutuo acuerdo
Requiere de la expresa voluntad de los cónyuges en temas que son difíciles de abordar y que involucran planos afectivos y económicos.
Requisitos divorcio de mutuo acuerdo
¿Puedo divorciarme
?.
1.- El transcurso de 1 año desde el cese de la convivencia: Sin el transcurso de este año usted no podrá divorciarse (si podría tal vez separarse judicialmente ). Cese de la convivencia no implica necesariamente que los cónyuges dejen de vivir bajo un mismo techo. Puede cesar la convivencia aún cuando los cónyuges continúen viviendo bajo el mismo inmueble, pues "la convivencia" matrimonial es una convivencia calificada, que implica mantener una comunidad de vida, un objetivo o un proyecto de vida en común. En todo caso, será el juez quién en última instancia deberá ponderar la situación (claramente es mas sencillo probar el cese cuando los cónyuges viven bajo distinto techo).
Si usted contrajo matrimonio después del 18 de Noviembre del año 2004 es importante que al momento de separarse de su pareja (separarse de hecho), deje constancia de aquel cese de convivencia en la forma que estipula la ley, dado que en caso contrario usted no podrá divorciarse pues no podrá probar el cese de convivencia (este sólo puede probarse realizando el cese de la forma que señala la ley). Si desea hacer el cese de convivencia.
2.- Que no exista reanudación de la vida en común durante el transcurso del año desde el cese de la convivencia: En este sentido nuestra legislación es bastante clara pues en el mismo artículo 55 incisos final "La reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, interrumpe el cómputo de los plazos a que se refiere este artículo"
3.- Que ambos cónyuges lo soliciten de común acuerdo.
4.- Acompañar acuerdo completo y suficiente: El acuerdo completo y suficiente es a que que, ajustándose a la ley, regule ciertas materias entre los cónyuges y respecto a los hijos.
¿Qué es el acuerdo completo suficiente?
Divorcio.
Dentro de los requisitos del divorcio de mutuo acuerdo se encuentra acompañar junto con la demanda un "acuerdo completo y suficiente". No es por tanto un simple acuerdo, sino que debe ser "completo y suficiente":
Será completo, si regula todas y cada una de las materias indicadas en el artículo 21 de la Ley de Matrimonio Civil, vale decir:
Respecto a los cónyuges, deberá aludir el acuerdo a la regulación de sus relaciones mutuas, especialmente en lo concerniente a:
1.- Los alimentos que se deban; y
2.- Las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio.
Si hubiere hijos, dicho acuerdo deberá regular también, a lo menos:
1.- El régimen aplicable a los alimentos ;
2.- El cuidado personal de los hijos; y
3.- La relación directa y regular que mantendrá con los hijos aquél de los padres que no los tuviere bajo su cuidado.
Será suficiente:
1.- Si resguarda el interés superior de los hijos;
2.- Si procura aminorar el menoscabo económico que pudo causar la ruptura; y
3.- Si establece relaciones equitativas, hacia el futuro, entre los cónyuges cuyo divorcio se solicita.
Si no existe acuerdo respecto a alguna o algunas de las materias que debe contener el acuerdo completo y suficiente, usted deberá demandar unilateralmente
¿Desarrollo del procedimiento de divorcio acordado?
Divorcio.
1.- Usted se comunica con nosotros y nos indica su deseo de divorciarse: En base a los antecedentes que nos entregue haremos un estudio de factibilidad de su divorcio, le señalaremos y explicaremos el procedimiento y realizaremos el "acuerdo completo y suficiente" (que es aquel acuerdo escrito respecto a ciertas materias entre los cónyuges).
2.- Elaboraremos y presentaremos la demanda de divorcio : Para este efecto le solicitaremos algunos documentos o si lo prefiere los requeriremos nosotros ante los organismos correspondientes (certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos de filiación matrimonial, en principio).
3.- Audiencia preparatoria y Audiencia de Juicio: En el divorcio de común acuerdo la audiencia preparatoria y audiencia de juicio se realizan en un mismo acto.
4.- Sentencia que declara el divorcio o lo rechaza.
Tiempo que tarda el divorcio de mutuo acuerdo
Este tipo de divorcio tiene una duración mayor que el de mutuo acuerdo y depende de la carga de trabajo del tribunal. En Talca, la duración del divorcio de mutuo acuerdo es actualmente de entre 2 a 4 meses (es mucho menor a lo que se demora la tramitación del divorcio unilateral y además es menos costoso).
¿Dónde presentar la demanda de divorcio acordado?
Divorcio.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, la demanda de divorcio podría presentarse en el Tribunal de Familia correspondiente al domicilio de cualquiera de los cónyuges. En este caso es importante considerar que uno de los cónyuges seguramente tendrá que conferir un mandato notarial (especial para divorcio) para que no tenga que viajar y asistir a la audiencia.
